UNA REFLEXIÓN SOBRE LA POBLACIÓN RECLUSA ANTE LA PANDEMIA POR COVID- 19



UNA REFLEXIÓN SOBRE LA POBLACIÓN RECLUSA ANTE LA PANDEMIA POR COVID- 19 


Pilar Ventosa Arias. Psiquiatra. USMC de la UGC Salud Mental del HUR Sofía del Servicio Andaluz de Salud de Córdoba. Referente en el Centro Penitenciario de Córdoba. Secretaria de la Junta Directiva de la Asociación Andaluza de Profesionales de Salud Mental -AEN- Miembro del Grupo de Salud Mental en Prisión de la AEN (SAMPAEN)

"Las cárceles son amplificadores de la propagación de enfermedades infecciosas" (Lancet, 2016). Ante esta afirmación debemos plantearnos que medidas tendrían que tomarse para evitar la situación de alto riesgo y de difícil control que supondría la propagación del COVID-19 en los centros penitenciarios.

Desde el inicio de la pandemia, se han emitido distintos documentos en los que se solicitan medidas sobre los derechos de los internos en Centros Penitenciarios con el fin de minimizar los efectos de ésta sobre la situación de personas privadas de libertad, sobretodo en sujetos de alta vulnerabilidad.
Hasta el momento actual ningún organismo competente ha mostrado el interés que merece la situación de personas privadas de libertad ni la de sus familiares.

La vida en los Centros Penitenciarios trascurre en situaciones de contacto, se comparten celdas, los internos pasan gran parte del día en espacios comunes como talleres, patios…donde la garantía de poder mantener la distancia de seguridad recomendable es complicada.

En una situación de crisis sanitaria como supone la pandemia por COVID-19, las deficiencias del sistema penitenciario a nivel sanitario se hacen aún más notables: servicios insuficientemente equipados, con falta de personal, carga asistencial habitual por patología comunes asociadas a demandas por la nueva situación… El número de profesionales sanitarios es muy inferior al necesario para una correcta atención médica en las cárceles. Aunque con el avance de la crisis sanitaria, Instituciones Penitenciarias reforzó sus equipos sanitarios, el número de recursos humanos continúa siendo deficitario. Los módulos de enfermería de los Centros Penitenciarios suelen tener alta ocupación por internos con enfermedades comunes o internos con patología mental que precisan permanecer en estos dispositivos. La posibilidad de colapso y la dificultad para distribuir internos que puedan estar afectados por COVID y/o que precisen aislamiento o ingreso es una labor compleja en centros que carecen de recursos adecuados. 

España tiene una tasa de encarcelación muy superior a la media europea a pesar de tener una baja tasa de criminalidad. Aproximadamente un 20% de la población reclusa tienen una edad igual o superior a 50 años y de estos un gran porcentaje son mayores de 65 años, situándose en el rango de alta vulnerabilidad ante el COVID-19. 

Aproximadamente 3000 internos tienen alguna discapacidad (psíquica, intelectual y física). La población reclusa es una población con alto riesgo de enfermedades transmisibles, con incidencia de enfermedad física y mental más elevada que en la población general, con alta prevalencia de toxicomanía, VIH, TBC, Hepatitis C y con grave sobrerrepresentación de enfermedad mental. Junto a esto aparece con la pandemia el grave factor de riesgo de gravedad de COVID-19. Estos son motivos de peso para entender que son necesarias medidas adecuadas para proteger a esta población que se encuentra en situación de exclusión social.

La situación del interno afectado por patología mental durante la pandemia se ha visto afectada de forma negativa. La atención por profesionales Especialistas en Salud Mental en prisiones procede de servicios externos a Instituciones Penitenciaria (IIPP), en figuras de consultores externos que en parte dependen de Servicios Sanitarios Públicos y en parte de contratos privados. Solo 6 psiquiatras pertenecen al cuerpo sanitario penitenciario. 

Como medida de protección, durante la pandemia se han suspendido las colaboraciones de personal externo a IIPP, entre ellas las de los psiquiatras consultores, por lo que la atención al interno con enfermedad mental no se ha podido realizar como habitualmente se llevaba a cabo. Para minimizar las consecuencias, en la mayor parte de los centros se ha mantenido una comunicación telefónica fluida entre el cuerpo médico de las prisiones y los psiquiatras consultores. Los programas específicos para personas con enfermedad mental, como el Programa de Atención Integral a Enfermos Mentales en Centros Penitenciarios (PAIEM), se han visto igualmente afectados, al tener que limitar las actividades en grupo. 

Tras el inicio de la pandemia, por preservar la seguridad de los internos, se tomaron medidas relacionadas con el aislamiento  en lo posible del exterior. Se ha aplicado la suspensión de las comunicaciones con familiares y no se ha garantizado en todas las cárceles y a todas las personas presas los medios telefónicos y telemáticos necesarios para evitar las consecuencias (angustia, desinformación…) que viven el interno, familiares y allegados. Esto ha tenido consecuentes efectos sobre el estado emocional del interno que junto con el miedo y la incertidumbre de la situación, ha visto dificultado el contacto y la comunicación con sus familiares.

Se han puesto en evidencia, al igual que en la población general, carencias que se han hecho aún más notables por la situación de pandemia y el desconocimiento del alcance de esta. De todo esto se pueden sacar muchas conclusiones y se pueden reparar muchos errores. Nos consta que hay interés en remediar y tomar medidas para garantizar los derechos de las personas en especial riego de exclusión como son, en el caso que nos ocupa, los internos de centros penitenciarios. Tenemos la esperanza de que en un futuro cercano,  las autoridades competentes tomen nota de estas carencias y mejoren las atenciones e intervenciones en centros penitenciarios para garantizar la seguridad y los derechos que merece dicha población.


Referencias Bibliográficas:

-          Consejo de Europa (2020). Estadísticas Penales Anuales - SPACE I 2019.
-          Secretaría General de II. PP. (2020). Recomendaciones en centros penitenciarios en relación al COVID-19. Editado el 27 de marzo de 2020.




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